IEE en los medios
Artículo de opinión de Almudena Semur, Secretaria General del IEE, en diario El Mundo el 8 de noviembre de 2018
Vivimos tiempos rodeados de un ruido político que no cesa, lleno de pasiones exaltadas que impiden alcanzar acuerdos globales no solo en nuestro país sino también en el resto de Europa. Naturalmente estos desequilibrios nos alejan de la razón y del equilibrio del que tanto se jactó el europeísmo. Pero ¿hasta qué punto esto es así? ¿Oes que estamos inmersos en unos tiempos de cambio de valores en los que las decisiones son tomadas en función de un interés particular que se aprovecha de una población excesivamente acuciada por el resentimiento, cuya causa ignora, siendo, de entre todos los monstruos, el más fatal para la libertad? Traigo esto a colación pensando en nuestro país,y es que, desde que se aprobó la Constitución, nos hemos regido siempre por el principio riguroso del anti, quese precipita en cascada hacia la economía.
A las empresas se les acusa de maximizar su beneficio y se les suben los impuestos olvidando que son el principal motor para el desarrollo económico de un país. Se demoniza a la banca por el rescate bancario argumentando de forma justiciera su deber de contribuir más con el fin de devolver al sector público el coste que supuso el saneamiento financiero, obviando, eso sí, que la banca no recibió ni un solo euro de estas ayudas.El ruido también se dirige a las petroleras, a las que se les culpa cuando sube el precio del petróleo, pero, ¡ay amigo!, nadie se queja cuando baja. De la misma manera que la venganza se dirigecontra los ‘ricos’, que, por qué no decirlo, son los que peores calificativos reciben, y con el fin de purgar todas sus culpas hay que exigirles mayores sacrificios subiéndoles los impuestos y así poder financiar el aumento de gasto público propuesto por el Gobierno. En fin, el caso es protestar con el ‘último grito’ de la tecnología en la mano sin preguntarse cómo funcionan las reglas de la economía de mercado, o sin detenerse a pensar que los impuestos son para la empresa un coste que el mercado permite trasladar al consumidor, que desafortunadamente no tiene posibilidad legal ni económica de repercutirlos a nadie. Por lo que, ante una subida impositiva a los agentes económicos, los costes lo asumirán los pequeños ahorradores, las empresas y las familias con necesidades de financiación, así como las rentas más bajas que verán cómo suben los precios.
No me negará el lector que hay mucho de localismo parroquial y municipalismo espeso en este escenario‘tan peculiar’en el que nos toca vivir;instante en el que deberíamos dirigir todos nuestros esfuerzos en prepararnos para entrar en un periodo que ya no será tan complaciente con los riesgos. Las inyecciones de liquidez y la bajada de los tipos de interés promovidas por el Banco Central Europeo están llegando a su fin y los mercados, que son muy listos, ya nos han dado dos avisos, uno en febrero y otro en octubre, con brusca caída de las bolsas. Tenemos un elevado nivel de endeudamiento y el inicio del nuevo ciclo no se vislumbra con claridad, lo que genera grandes dosis de incertidumbre.
Esta falta de certeza ha golpeado durante estos días a la seguridad jurídicade nuestro paíscon los giros dados por el Tribunal Supremo al cambiar el criterio interpretativo de una norma tributaria consolidada desde hace veintitrés años en referencia a quién es el sujeto pasivo, o lo que es lo mismo, el obligado al pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados cuando se solicita un préstamo hipotecario. Norma que, dicho sea de paso, fue legislada y aprobada durante la época en que gobernaba el partido socialista y que grava el documento notarial, así como la acción de inscribir la hipoteca, con el objeto de preservar la inalterabilidad del documento, fin que, bajo el punto de vista jurídico, no tiene razón de ser en plena era digital;otra cosa es que tenga sentido desde el punto de vista recaudatorio.
El Supremo, tras dictar hace 22 días que le correspondía al banco pagar el impuesto, resolución que vulneraba la seguridad jurídica, precepto fundamental para que los ciudadanos y operadores económicos puedan ajustar su comportamiento económico al coste previsible de los impuestos adaptándose a la normativa vigente en cada momento, ha vuelto a la casilla de salida resolviendo que es quien solicita la hipoteca al que le corresponde pagar el impuesto. Por supuesto que se oirán voces que alegarán que la Sentencia es injusta y que nuevamente hay un enriquecimiento de los bancos. Nada más lejos de la realidad. Los bancos no cobraron el dinero, fueron las haciendas de las Comunidades Autónomas quienes cobraron de los obligados al pago. Las entidades financieras actuaron protegidas por la confianza legítima en una legislación vigente. Bajo ningún conceptolas consecuencias de un reglamento ilegal pueden ser trasladadas al contribuyente, que en este caso era la entidad financiera. Además, con la Sentencia se ha salvado un coste económico mucho mayor, como hubiera sido la salida masiva de capitales de nuestro país en busca de refugio, ya fuera el bono alemán o la deuda estadounidense ante la falta de seguridad jurídica.
Aquí quien ha actuado mal es el legislador que fue quien redactóla ley: el Supremo no legisla, juzga, y habrá que leer la Sentencia. En este sentido, resulta obvio señalar que la mejor medida para evitar conflictos de esta índole es estar dotados de un ordenamiento que transmita de forma clara a los ciudadanos y a los agentes económicos cómo tienen que cumplir las normas. Realidad que en absoluto se corresponde con la normativa tributaria imperante en nuestro país, en cuya redacción se utiliza un lenguaje farragoso que mezcla la economía, el derecho y la contabilidad. Pero es que, además, es inestable en el tiempo, al aceptar todo tipo de cambios que obedecen a necesidades electoralistas escondidas bajo un lenguaje técnico tributario que oculta su veracidad. Como señala el maestro Ferreiro Lapatza, nuestro sistema tributario pone de manifiesto su cara más injustacon unas leyes fiscales hechas a espaldas del principio de igualdad,con unas leyes plagadas de excepciones, de exenciones, de regímenes especiales, de normas de excepción; en fin, de normas dictadas por razones electorales.
En estas condiciones resulta muy difícil evitar conflictos entre Administración y administrados, como tampoco la norma sirve para un mejor funcionamiento de un sistema económico que, como todos sabemos, debe estar basado en tres pilares fundamentales: seguridad jurídica, confianza y previsibilidad. Y son estos tres pilares los que saltaron por los aires a raíz del cambio de criterio del Tribunal Supremo en su Sentencia de 16 de octubre de 2018.
Tras todo este desaguisado, el presidente del Gobierno anunció que a través de un real decreto ley se volverá a revertir la figura del sujeto pasivo del tributo trasladando la obligación de pago al banco. Un nuevo parche. Sánchez no tiene en cuenta que aumentar la carga tributaria a los bancos encarecerá el coste de las hipotecas y lógicamente las dinámicas comerciales marcarán qué parte se traslada al cliente.